![]() | ||||||||||||
![]() | ![]() | |||||||||||
![]() | ||||||||||||
![]() | ||||||||||||
Duracion: 5 Horas
Expositor: L.C.F. Agustín Córdoba García.
Si desea conocer el CURRICULUM del expositor, favor de entrar a la opcion: CONOZCANOS que esta adentro de la opcion ¿QUIENES SOMOS? y ahi lo encontrara.
El manejar adecuadamente los archivos en excel con formulas fiscales.
Dar a conocer de manera sencilla y práctica el procedimiento para calcular correctamente los pagos provisionales mensuales del ISR y del IETU, considerando los diferentes “créditos fiscales” que conforme a la LIETU y al Decreto del 5 de noviembre de 2007, se pueden disminuir del IETU causado del periodo y las compensaciones que pueden efectuarse contra el IETU a pagar y por qué y cuándo conviene efectuarlos
Obligación de efectuar pagos provisionales de ISR Cálculo del coeficiente de utilidad Ingresos nominales del periodo Cálculo de los pagos provisionales del ISR Periodicidad y entero del ISR Obligación de efectuar pagos provisionales de IETU Ingresos percibidos Deducciones autorizadas Créditos fiscales según la LIETU Créditos fiscales según Decreto Reglas de la Miscelánea aplicables Cálculo de los pagos provisionales Periodicidad y entero del ISR
Porque después de asistir, entre muchas otras interrogantes, sabrá contestar: Que existe una multa importante si no determina correctamente algún pago provisional de ISR o de IETU. Cuáles ingresos se consideran y cuáles no para pagos provisionales de ISR e IETU. Cuál es la diferencia entre ingresos acumulables, nominales y percibidos. Qué hacer cuando se haya optado por acumular el inventario que se tuvo al 31 de diciembre de 2004, a partir de 2005. Cómo calcular el coeficiente de utilidad y de qué ejercicio debe ser, así como la utilidad fiscal estimada. Que existe el beneficio de disminuir las pérdidas fiscales actualizadas de la utilidad fiscal estimada. Que se puede disminuir la utilidad fiscal estimada con la PTU pagada en el ejercicio y con la deducción inmediata del ejercicio conforme al Decreto Presidencial del 28 de noviembre de 2006, todavía vigente. Que existen siete "créditos fiscales" que se pueden disminuir para determinar el pago provisional del IETU. Que en algunos casos el IMPAC pagado entre 1998 y 2007 se puede recuperar compensándolo contra pagos provisionales de ISR y de IETU.
FECHA: Viernes 29 de Octubre del 2010 HORARIO: De 16:00 a 21:00 Hrs LUGAR: Hotel Radisson Hacienda Cancún (Salones Caporales) Cuotas de CONTADO ya con IVA INCLUIDO: Suscriptor PAF $1,750.00* *BENEFICIO DE 19avo. ANIVERSARIOR (Amortizacion costo suscripcion PAF) Si no es suscriptor de la revista PAF todavia con nosotros, proceda a hacerlo entrando al portal de www.cifeqroo.com.mx y a la opción: REVISTA PAF ahi llene el formulario correspondiente y envie para validar su compra.
Llene el presente formulario y envielo, con esto usted VALIDARA su espacio a este EVENTO, nos pondremos en contacto con usted, para solicitarle los datos correspondientes de FACTURACION y nombres completos de PARTICIPANTE (S), para efectos del DIPLOMA correspondiente:
Telefonos: 887-53-44 (Con dos lineas) y 884-39-10 Fax: 884-70-14 Celular Directo: 044-998-8420162 E-mails: cifeqroo@prodigy.net.mx, cifeqroo@hotmail.com, josezapatapuerto@cifeqroo.com.mx y/o josezapatapuerto@hotmail.com | ||||||||||||
![]() | ||||||||||||